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Contrato de Arras.

El contrato de arras de compraventa es un precontrato entre comprador y vendedor por el cual ambas partes  se comprometen a formalizar una futura compraventa, de un bien mueble o inmueble.

Mediante este contrato, el comprador entrega una cantidad de dinero en concepto de señal, como garantía de adquirir el bien, en las condiciones en las que se pactan.

Ejemplo contrato

En otras palabras, se trata de un compromiso con cumplimiento obligado entre vendedor y comprador y sirve para defender los derechos de ambos en caso de incumplimiento.

Se garantizan así los derechos tanto del comprador como vendedor,para en un futuro formalizar la compraventa en escritura pública.

Existen diferentes clases, las cuales se describen a continuación, así como sus características:

• Arras penitenciales o de desistimiento.

Recogidas en el artículo 1.454 del Código Civil, estas arras son las más comunes, al otorgar a comprador y vendedor la posibilidad de no formalizar el contrato.

Si esto se produjera, las únicas consecuencias serían la perdida de las arras por el comprador o la devolución de estas multiplicadas por dos si fuera el vendedor el que desistiera de la operación.

• Arras confirmatorias.

Tal y como se desprende del artículo 1.124 del Código Civil, este tipo de preacuerdo vincula plenamente a las partes de la compraventa.

Por ello, ante cualquier vulneración, se podría exigir el cumplimiento del contrato y la indemnización en daños y perjuicios.

• Arras penales.

Modelo muy similar a las arras confirmatorias que, según los artículos 1.152 y 1.153 del Código Civil, se suele suscribir cuando se quiere una garantía de que la compraventa se va a llevar a efecto, por lo que cualquier desistimiento terminaría con las mismas consecuencias que en el caso anterior.

Se recomienda firmar el contrato de arras para garantizar tanto los derechos del comprador y vendedor.

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