DELITO DE ESTAFA .
¿Cuáles son los requisitos en el delito de estafa? Procedimiento a seguir
Estamos ante un delito de estafa cuando el estafador o defraudador valiéndose de engaño suficiente y con ánimo de lucro, produce error en otro induciéndole a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno.
A continuación reseño , los elementos fundamentales del delito de estafa:
1º.- Un engaño precedente o concurrente plasmado en algún artificio.
2º.- Dicho engaño ha de ser bastante para la consecución de los fines propuestos, y con suficiente entidad para provocar el traspaso patrimonial.
3º.- Producción de un error esencial en el sujeto pasivo (víctima), desconocedor de lo que constituía la realidad.
4º.- Un acto de desplazamiento patrimonial, con el consiguiente perjuicio para el sujeto pasivo (víctima).
5º.- Nexo causal entre el engaño del autor de la estafa y el perjuicio de la víctima.
Con lo que el dolo (intención de engañar) tiene que anteceder o ser concurrente en la dinámica defraudatoria, no valorándose penalmente el dolo sobrevenido, no anterior a la celebración del negocio de que se trate.
6º.- Ánimo de lucro, que consisten en la intención de obtener un enriquecimiento de índole patrimonial.
Entre las estafas más comunes se encuentran las siguientes:
- Estafa piramidal,Timo del familiar y/o grua,Trileros,El Tocomochor,La Estampita,El nazareno,El instalador o inspectores,Timo de la revistas oficiales policiales,Timo del negativo o billetes tintados,Timo de las cartas nigerianas o timo 419,Timo de la oferta de trabajo,Estafa método RYP DEAL,Estafa de cheques,Timo del santero,Estafa de la manipulación de cuentakilómetros,Timo de la rueda,Timo de las donaciones,Timo del afilador y del asfalto,Estafas por Internet.
El acto delictivo se puede diferenciar entre los siguientes delitos de estafa:
El tipo básico del delito de estafa se encuentra castigado con PRISION de 6 meses a 3 años (artículo 249 Código Penal).
Si la cuantía de lo defraudado no excediere de 400 euros, se impondrá la pena de MULTA de 1 a 3 meses (delito leve de estafa).
El delito de estafa puede estar agravado si se dan las circunstancias del artículo 250 C. Penal, pudiendo alcanzar una pena de PRISIÓN de 4 a 8 años y MULTA de 12 a 24 meses.
En caso de sufrir una estafa es necesario la interposición de la correspondiente denuncia, contacte con un abogado especializado a dichos efectos.