RESTRICCIONES VUELO DRON.
En apenas dos años, el sector dedicado a la aviación no tripulada en Galicia ha pasado de contar con 14 operadores (en el año 2015) a cerrar el 2017 con 185 empresas autorizadas por la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA). Se reparten así: 88 en A Coruña, 60 en Pontevedra, 21 en Lugo y 16 en Ourense. Podrían incluso ser más, si no fuera porque al menos una decena se han dado de baja a lo largo de este año por falta de actividad, según datos de la propia AESA.
El problema es que la industria de los drones en España y en Galicia sigue a la espera de que se apruebe definitivamente el real decreto que regulará la actividad de este sector. El último borrador del texto legal fue aceptado el 27 de octubre del 2016. Desde entonces, el clamor de fabricantes y operadores se ha convertido en una suerte de grito de auxilio, porque la normativa que está en vigor desde octubre del 2014 es provisional y muy restrictiva, según Aerpas, la asociación de usuarios de drones más grande de España.
Con la actual normativa, ningún dron puede volar por encima de los 120 metros, por la noche o sobre ciudades o aglomeraciones al aire libre, ni a menos de 8 kilómetros de un aeropuerto.
¿De qué viven los 185 operadores registrados en la comunidad? En Galicia, casi la totalidad se dedican a tres ámbitos de actuación: fotografía, vídeo y levantamientos aéreos (topografía o fotogrametría). A gran distancia siguen otras actividades como observación y vigilancia aérea, emergencias, investigación, exploración o publicidad aérea.
Pero no hay trabajo para todos. Al menos no con la ley en vigor. ¿Qué negocio se puede hacer con estas fuertes restricciones? He ahí la cuestión y la clave de que algunos operadores (la mayoría registrados como autónomos) estén empezando tirar la toalla por falta de trabajo.
Los datos del resto revelan que dos de cada diez empresas todavía no han facturado nunca y que más de la mitad (un 53 %) realizan menos de diez trabajos al año o, lo que es lo mismo, ni uno al mes.
La ley se hace esperar
Fomento prometió que la nueva legislación estaría en vigor antes de finalizar el año. Ese texto supondrá un fuerte impulso para la industria, ya que, según el borrador, se podrán realizar operaciones sobre aglomeraciones de edificios en ciudades, pueblos o lugares habitados o reuniones de personas al aire libre con aeronaves cuya masa al despegue no exceda de 10 kilos. También posibilitará los vuelos nocturnos, con una autorización expresa de la AESA.
Dice el sector que el nuevo marco legal seguirá siendo restrictivo para los aparatos de más de 25 kilos, como los modelos Targus de Indra o los Lúa de Babcock, los drones estrella del aeródromo de Rozas, en donde la Xunta impulsa el CIAR (Centro de Investigación Aeroportada de Rozas). Estos aparatos requerirán autorización específica de la AESA para poder volar.
La multa más elevada impuesta por operar fuera de la ley asciende a 14.500 euros
Mediodía en Vigo. Dos policías locales obligan a un operador a poner en tierra un dron que sobrevolaba unos edificios en la avenida Hispanidad. Los agentes intervinieron por las llamadas de algunos vecinos, molestos por el ruido del aparato, que se paseaba ante sus ventanas. Estaba tomando imágenes del estado de las fachadas. Pero el piloto estaba infringiendo la ley.
Las multas a las que se exponen las empresas que se saltan la normativa en vigor están definidas en la Ley de Seguridad Aérea. Oscilan, en función de la gravedad, entre 60 y 225.000 euros (en el caso de personas o empresas que no realicen actividad comercial ni tengan conocimientos de aeronáutica) y entre 4.500 euros y 4,5 millones (para aquellas que sí realicen actividad comercial o tengan conocimientos aeronáuticos).
Desde la entrada en vigor de la normativa de uso de drones para actividades profesionales, en el 2014, y hasta este pasado agosto, AESA abrió 116 expedientes sancionadores. Este organismo, dependiente del Ministerio de Fomento, impuso en ese mismo período 99 multas, por un importe conjunto de más de 530.000 euros. La más alta fue de 14.500 euros y la más baja, de 300.
En su mayoría, las sanciones correspondieron a que no era un operador habilitado, no se cumplían los requisitos relativos a la aeronave o se sobrevolaban zonas no permitidas. Todos los drones deben llevar una placa de identificación.
FUENTE:LA VOZ DE GALICIA.